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Comunicado COEESCV Ley 4/2019 de colegiación obligatoria

Por la presente y tras la publicación en el DOGV de  la Ley 4/2019, de 22 de febrero, de la Generalitat, de modificación del capítulo II del título III de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de consejos y colegios profesionales de la Comunitat Valenciana, el Colegio Oficial de Educadoras y Educadores Sociales de la Comunidad Valenciana, informa:

  1. Que el ejercicio de la profesión de educador/a social, está regulada en esta Comunidad Autónoma en virtud de la LEY 15/2003, de 24 de noviembre, de la Generalitat, de Creación del Col·legi Oficial d'Educadores i Educadors Socials de la Comunitat Valenciana. En la cual se recoge la necesidad de pertenecer al COEESCV para el ejercicio de la profesión, al amparo de lo expuesto en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales. 
  2. Que este Colegio Oficial es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
  3.  Que la nueva Ley 4/2019, de 22 de febrero, de la Generalitat, de modificación del capítulo II del título III de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de consejos y colegios profesionales de la Comunitat Valenciana. Ratifica la obligatoriedad de la colegiación“asumiendo la Administración pública el ejercicio de  la potestad disciplinaria”, tanto “para personas, empresas o entes”. Aprobada por unanimidad por todos los Grupos Parlamentarios de la Cámara, expresa con claridad la voluntad política de velar por el interés común de todas las personas.
  4. Esta Ley supone un paso más en contra del intrusismo profesional, al tipificar por primera vez como una falta grave la omisión de la colegiación y coincide plenamente con los objetivos del COEESCV, por lo tanto instamos al cumplimiento de la misma.


LA JUNTA DE GOBIERNO 
COEESCV