Actualmente, las Comisiones de Trabajo que vienen desarrollando su labor son:
- Imagen y Comunicación
- Ética
- Formación
- Condiciones Profesionales y Empleo
- Internacional
Los artículos que definen la constitución y funcionamiento de las mismas en los Estatutos del COEESCV son los siguientes:
Artículo 68. Creación y Disolución de las comisiones de trabajo.
68.1. A iniciativa de la Junta de Gobierno se podrán crear las comisiones de trabajo que se crean convenientes.
68.2. Las comisiones de trabajo serán coordinadas por un miembro de la Junta de Gobierno.
68.3. Los objetivos y el reglamento de funcionamiento serán aprobados por la Junta de Gobierno.
68.4 Las Comisiones de trabajo podrán disolverse cuando se cumplan los objetivos para los que fueron creadas o por acuerdo de la Junta de Gobierno.
FUNCIONAMIENTO INTERNO
Una vez constituida una Sección Profesional se comunicará a la Secretaría técnica los miembros que la componen, así como las fechas de las reuniones, que, generalmente, se realizan en la sede del COEESCV. Tras cada reunión se elabora un Acta que se remite a la Secretaría técnica para su archivo y seguimiento de los temas tratados.
Las convocatorias de reuniones se pueden realizar tanto desde la Secretaría técnica como personalmente por el coordinador o coordinadora. Cualquier comunicado de una Sección Profesional hacia los/as colegiados/as se realiza exclusivamente desde el correo de la Secretaría técnica.