Las Comisiones de Trabajo y Secciones profesionales están reguladas por los Estatutos del COEESCV y actualmente, las diferentes secciones profesionales que se encuentran operativas son:
- Adicciones - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Animación sociocultural - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Atención Primaria en Servicios Sociales - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Diversidad Funcional - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Igualdad - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Interculturalidad y Migración - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Mediación y Puntos de Encuentro Familiar - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Protección a la Infancia y la Adolescencia - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Salud Mental - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Salud - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Sistema Educativo - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Personas Mayores e Intergeneracionalidad - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Normativa sobre las Secciones y grupos profesionales del COEESCV (Extracto de los Estatutos)
Capítulo 9. De las secciones profesionales
Artículo 62. Creación y adscripción a las secciones profesionales
62.1. Con la intención de integrar el máximo número de colegiados a las actividades del COEESCV, se crearán secciones profesionales.
62.2. Estas secciones serán de adscripción voluntaria y agruparán dentro del COEESCV los colegiados que ejerzan, o estén interesados en ejercer, su práctica dentro de una misma especialidad de la educación social.
Artículo 63. Atribuciones de las secciones profesionales
63.1. Las secciones profesionales tendrán que ser consultadas por la Junta de Gobierno en aquellas cuestiones que afecten a su ámbito.
63.2. También podrán proponer a la Junta de Gobierno las iniciativas que consideren convenientes en las cuestiones que afecten a su ámbito.
Artículo 64. Funciones de las secciones profesionales
Las secciones profesionales se ocuparán de:
a) Estudiar toda cuestión que afecte el ámbito profesional en cada una de sus diferentes vertientes y especializaciones.
b) Coordinar las actividades colegiales que lleven a término sus miembros en cada una de las especialidades de la educación social.
c) Dar respuesta a las consultas hechas por la Junta de Gobierno.
d) Fomentar el desarrollo de la especialización propia de la sección, mediante la promoción de actos de formación y divulgación.
e) Colaborar con los órganos del Colegio encargados específicamente de la formación en labores de reciclaje y de formación propios, en los ámbitos práctico y teórico.
f) Cualquier otra finalidad relacionada con la especialidad profesional propia del ámbito de la sección.
Artículo 65. Constitución de secciones profesionales
65.1. Para constituir una sección profesional será necesario que se presente un informe de viabilidad de la nueva sección, que se constituya una comisión gestora, que se elabore un reglamento provisional de funcionamiento y proponga un coordinador de la sección.
65.2. Una vez completados estos requisitos, la Junta de Gobierno aprobará la constitución de la sección y nombrará un coordinador.
65.3. Las secciones profesionales elaborarán su propio reglamento de funcionamiento y de organización, que será sometido a la aprobación de la Junta de Gobierno.
65.4. La Junta de Gobierno deberá anualmente dar cuenta en la Asamblea General del funcionamiento y actividades de las secciones profesionales.
Artículo 66. Coordinación de las secciones profesionales
Los coordinadores de las diferentes secciones profesionales se reunirán y coordinarán de manera periódica con la Junta de Gobierno, al menos cada seis meses, bien de forma directa o bien a través de algún órgano creado a este efecto. Los coordinadores de las secciones profesionales podrán asistir a las reuniones de la Junta de Gobierno con voz y sin voto.
Artículo 67. Disolución de las secciones profesionales
Cuando no se cumplan los objetivos, se perviertan las finalidades para las que fueron creadas o contravengan la normativa estatutaria, por acuerdo de la Junta de Gobierno se podrán disolver las secciones profesionales, debiendo informar a la Asamblea.