La Ley 1/2007, de 5 de febrero, de la Generalitat, por la que se regulan las empresas de inserción para fomentar la inclusión social en la Comunidad Valenciana, en su Artículo 4 señala que “la situación de exclusión social se acreditará por los Servicios Sociales, generales o especializados, de las Administraciones públicas”, por lo que pueden ser realizados por cualquiera de los/as profesionales que conforman los equipos.