El 20 de noviembre de 2015, con ocasión del 26º aniversario de la convención de la ONU sobre los Derechos de la Infancia, la AIEJI hace un llamamiento a los gobiernos y a las personas con responsabilidad en este tema a que tengan en cuenta el artículo 22 según el cual los niños y niñas solicitantes de asilo o considerados refugiados deben recibir la protección y la asistencia humanitaria convenientes.
Los estados, en cooperación con las organizaciones internacionales, deben dar asistencia y apoyo a las personas jóvenes no acompañadas para que puedan reunirse con sus progenitores. Las educadoras y los educadores sociales que trabajan con esta población deberían tener la posibilidad de implementar en su práctica diaria las competencias que se recogen en la publicación de la AIEJI “El trabajo socioeducativo con personas refugiadas menores de edadsolicitantes de asilo” (aieji.net/publications).