Ante las posibles dudas interpretativas generadas por el texto publicado el pasado mes de marzo, desde el Colegio, tras un proceso de reflexión y clarificación técnica con FAPROMED, deseamos puntualizar lo siguiente:
1. Exclusión taxativa en violencia de género: Nuestra defensa del mantenimiento de los MASC como requisito de procedibilidad se circunscribe exclusivamente a los conflictos de familia donde no existan indicios ni procedimientos por violencia contra la mujer. De acuerdo con la legislación vigente y por estrictas razones de seguridad y protección de las víctimas, la mediación y otros MASC están prohibidos y son legalmente inaplicables en supuestos de violencia de género.
2. Prevención vs. Mediación en violencia: Cuando el manifiesto menciona la mediación como "elemento de prevención y protección", se refiere específicamente a la gestión de la alta conflictividad y a evitar la escalada que deriva en violencia institucional o vicaria sobre menores. En ningún caso se propone la mediación como vía de resolución cuando ya existe un escenario de maltrato, donde el desequilibrio de poder invalida cualquier proceso mediador.
3. El enfoque en la infancia: Nuestra prioridad sigue siendo la transformación social y el bienestar de los niños, niñas y adolescentes (NNA). Reafirmamos que los MASC son herramientas de paz social para familias en crisis, siempre bajo el paraguas de un entorno seguro y libre de violencia para todos sus miembros.
Con esta aclaración, reafirmamos nuestro compromiso con la especialización profesional de la Educación Social y el resto de disciplinas implicadas, garantizando que la intervención sea siempre ética, legal y protectora. Además ponemos a vuestra disposición el texto aclaratorio.


