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Ley de Regulación del Juego en línea y la protección de menores

Desde la Sección Profesional de Conductas Adictivas del COEESCV nos llega la información de la ley de “legalización” del juego en línea aun no ha desarrollado los artículos referentes a la publicidad y protección de población vulnerable, entre ellos los menores.

 

El juego en línea se está convirtiendo en un generador de conductas patológicas y adicción, sobre todo entre los jóvenes. Su disponibilidad, comodidad, anonimato y su vinculación a figuras del deporte a través de la publicidad lo hace especialmente atractivo y cercano. 
Una de las estrategias preventivas más eficaces, es legislando sobre su publicidad.
La Ley de Regulación del Juego (LRJ), recoge en tres de sus artículos las particularidades de los menores, los grupos de riesgo y la publicidad. 
Art.- 6 p2,a - Referente a Menores e Incapacitados
Art.- 7 - Publicidad
Art.- 8 p1,a - Atención a los grupos en riesgo
Desde la LRJ en 2011, hasta febrero del 2016. El legislador ha aprobado unos 120 documentos entre, Reales Decretos, Disposición Adicional, Órdenes Ministeriales y Resoluciones de la DGOJ.
Pero no ha encontrado tiempo para desarrollar los artículos de protección hacia las adicciones de la LRJ 

Ante la ausencia de un documento vinculante y de rango superior por parte del legislador, se firmo un acuerdo entre  la DGOJ y Autocontrol, denominado “Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego” en 2012.

  • Como no hay obligatoriedad de adherirse a él, muchas empresas se quedan fuera.
  • Hay una franja prohibida entre las 6 y las 22 horas, en televisión y radio. La Ley crea excepciones, Lotería del Estado, ONCE, etc.. y lo dispuesto para la emisión de acontecimientos en directo. 
  • Lo que contradice el espíritu de la protección de menores.
  • La franja de 6 a 22h está pensada para menores de 12 años. A partir de las 22h hay muchos menores de edad frente a los televisores, probablemente los de mayor riesgo.
  • Hay espacios que no se encuentran limitados, revistas, transportes públicos. 
  • De hecho no hay ningún control real a la publicidad en las Redes, llegando indiscriminadamente a cualquier navegador

Operadores en línea.-

  • Realizaron una inversión en publicidad durante el 2014 de 114 millones de €.
  • En la publicidad hacen que el juego en línea aparezca como una forma de entretenimiento y nunca como un espacio en el que se puede perder dinero  y generarse conductas problemáticas.
  • Publicidad en la que participan deportistas admirados y emulados por los jóvenes (Ronaldo Nazario, Rafa Nadal, Neymar da Silva, etc…).
  • Publicidad en equipos de futbol. Comenzó en la temporada 2004-2005. Y aparece constantemente en espacios con alta presencia de menores.
    • Ropa de los deportistas.
    • Bandas de los campos. Para espectadores, televidentes e internautas.
    • Salas de prensa.
  • Se han realizado campañas de publicidad en línea, marcadamente agresivas, por su intensidad, a la par seductoras, por su calidad técnica y aparición de deportistas.

En marzo del 2015 se elaboro un proyecto de Real Decreto para regular la Publicidad del juego en línea.  A fecha de hoy no ha pasado de proyecto. Se cerró el plazo de alegaciones en abril del 2015. Las presentadas,  evidencian cuales son las prioridades de cada sector.
La mayoría de los operadores en línea y en particular CODERE, empresa líder en el sector, lo apoyan y consideran adecuado.
La Asociación Española de Radiodifusión Comercial, AERC, se preocupa por perder los ingresos en publicidad de casas de apuestas y reclama la supresión del texto.
La Asociación Centro Catalán de Adicciones Sociales, lo cuestiona en muchos aspectos.
FACUA, Consumidores en Acción, reclama una normativa más restrictiva, que asegure la protección del menor en el acceso y frente a la publicidad.
La Federación Española de Jugadores de Azar Rehabilitados, FEJAR, destaca el vacío legal que hay en las redes sociales, que no están reguladas al mismo nivel que otros soportes.
El Consejo Audiovisual de Andalucía, CAA,  realizo un informe sobre la publicidad de juegos de azar en los medios de su Comunidad, tras el cual y de manera muy argumentada, planteo que a los juegos de azar se les de el tratamiento que se les ha dado al tabaco y alcohol. Consumo también prohibido a los menores. 

Más información:
http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-9280

http://www.consejoaudiovisualdeandalucia.es/sites/default/files/informe/pdf/1503/informe_publicidad_juegos_azar1.pdf
http://www.consejoaudiovisualdeandalucia.es/sites/default/files/informe/pdf/1503/decision_8_publicidad_juego_150211.pdf

 

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